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Norma técnica de protección civil NTE-001-CGPC-2016.

Establece los lineamientos y las especificaciones para la elaboración de programa interno o especifico de protección civil, que deberán desarrollar las dependencias, organismos y entidades de los sectores público, social y privado, encaminados a proteger a las personas que estén en sus instalaciones, así como sus bienes, a través de acciones de prevención, auxilio y recuperación en caso de riesgo de desastre.



Programa de protección civil

Los programas internos o específicos de protección civil, son instrumentos de planeación que se circunscriben al ámbito de una entidad, dependencia, instituto u organismo, perteneciente a los sectores público, privado o social y se implementa en cada uno de sus inmuebles, instalaciones móviles o semifijas, con el fin de establecer las acciones de prevención, de auxilio y de recuperación, destinadas a salvaguardar la integridad física de las personas que habitan, laboran y concurren a ellos, así como de proteger las instalaciones, bienes e información vital, ante la ocurrencia de una calamidad.



PEPC

Aplica a los inmuebles e instalaciones móviles semifijas que ocupan una entidad, dependencia, instituto u organismo, pertenecientes al sector privado.

En los inmuebles e instalaciones móviles o semifijas en donde existan más de una entidad, dependencia, instituto u organismo de diferentes sectores de la sociedad, incluyendo el privado, deberán conformar cada uno, su UIPC y desarrollar y operar su PEPC, según corresponda, con el objetivo de que de manera conjunta, coordinen sus acciones al momento de una emergencia y de ser necesario, solicitar la intervención de la coordinación general o de otra instancia legalmente autorizada, para lograr esa coordinación.



PIPC

Aplica a los inmuebles e instalaciones móviles o semifijas que ocupan una entidad, dependencia, instituto u organismo, perteneciente al sector público o social.

En el caso de planteles educativos pertenecientes al sector público, el termino que aplica es PIPC.

En los inmuebles, instalaciones móviles o semifijas en donde exista más de una entidad, dependencia, institución u organismo, perteneciente al sector público podrán conformar una sola UIPC y desarrollar un único PIPC



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