Se llama protección contra incendios al conjunto de medidas que se disponen en los edificios para protegerlos contra la acción del fuego. Estos incendios traen como consecuencia pérdidas materiales, bienes o en el peor de los casos las vidas de los humanos.
Generalmente, con ellas se trata de conseguir tres fines:
· Salvar vidas humanas
· Minimizar las pérdidas económicas producidas por el fuego.
· Conseguir que las actividades del edificio puedan reanudarse en el plazo de tiempo más corto posible.
MEDIOS ACTIVOS:
1. Detección:
Mediante detectores automáticos (de humos, de llamas o de calor, según las materias contenidas en el local) o manuales (timbres que cualquiera puede pulsar si ve un conato de incendio).
2. Alerta y señalización:
Se da aviso a los ocupantes mediante timbres o megafonía y se señalan con letreros en color verde (a veces luminosos) las vías de evacuación. Hay letreros de color encarnado señalando las salidas que no sirven como recorrido de evacuación. También debe de haber un sistema de iluminación mínimo, alimentado por baterías, que permita llegar hasta la salida en caso de fallo de los sistemas de iluminación normales del edificio.
Los sistemas automáticos de Alerta se encargan también de avisar, por medios electrónicos, a los bomberos. En los demás casos debe encargarse una persona por teléfono.
3. Extinción:
Mediante agentes extintores (agua, polvo, espuma, nieve carbónica), contenidos en extintores o conducidos por tuberías que los llevan hasta unos dispositivos (bocas de incendio, hidrantes, rociadores) que pueden funcionar manual o automáticamente.3
4. Presurización:
Este método de presurización se realiza mediante ventiladores industriales de tipo axial, de gran caudal, que generan una circulación desde la parte inferior de la edificación hasta un respiradero superior. Cabe recordar que para que este método surta efecto, las puertas cortafuego deben mantenerse cerradas siendo para ello lo más apropiado las puertas pivotantes.
NORMATIVAS
En cada país suele existir una norma que regula las disposiciones de protección, tanto activas como pasivas. A veces, los gobiernos locales, promulgan normas adicionales que adaptan la normativa nacional a las particularidades de su zona.
En la República Mexicana, las principales normativas aplicables a la protección contra incendios son:
NOM-002-STPS-2010.Establece los requerimientos para la prevención y protección contra incendios en los centros de trabajo.
NMX-S-066-SCFI-2015 Especifica los dispositivos, métodos de diseño e instalación de sistemas fijos de protección contra incendios en las edificaciones.
REGLAMENTOS DE PROTECCIÓN CIVIL Y CONSTRUCCIÓN Son los reglamentos propios de cada entidad del país en tema de protección contra incendios y construcción.
Además de las Normativas nacionales, existen Normas extranjeras que nos pueden brindar lineamientos más específicos para proteger de riesgos de incendio a distintos giros como la industria, hospitales, etc; Las más reconocidas son las normativas emitidas por la NFPA (National Fire Protection Association).
Dejemos de subestimar el fuego: Toda pequeña llama encendida puede ocasionar el más fuerte incendio.
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